El Gobierno colombiano, bajo la administración de Gustavo Petro, ha implementado significativas reformas en el ámbito tributario con el Decreto 2231 de 2023, orientadas a modificar las condiciones de tributación para las personas naturales. Estos cambios, según Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario en Godoy Córdoba, ajustan las normas sobre deducciones y exenciones, y establecen nuevas reglas que influyen en la declaración de impuestos, especialmente para aquellos con dependientes económicos y quienes realizan aportes a planes de pensiones voluntarios.
A partir de 2023, las personas con ingresos por relación laboral pueden beneficiarse de una deducción adicional. Mientras la deducción tradicional que permite un descuento del 10% de los ingresos brutos hasta un máximo de 32 Unidades de Valor Tributario (UVT) mensuales se mantiene, se introduce una nueva deducción de 72 UVT por dependiente económico, con un límite de hasta cuatro dependientes. Esto, según Bermúdez, no afecta la retención en la fuente, proporcionando una ventaja fiscal extra.
En cuanto a los aportes a fondos de pensiones voluntarios, se ha redefinido el beneficio tributario. Antes de las reformas, hasta el 30% del ingreso laboral podía ser considerado como renta exenta, con un límite de 3.800 UVT. Sin embargo, con la nueva normativa, el límite se reduce a 1.340 UVT o el 40% del ingreso total, lo cual representa una disminución significativa en el monto exento para la mayoría de los contribuyentes.
Además, el decreto ha modificado la regulación sobre la retención en la fuente para los ingresos laborales que no provienen de un contrato de trabajo convencional. Las nuevas reglas permiten a los trabajadores independientes que generan ingresos a través de honorarios, comisiones, entre otros, solicitar la aplicación de las tarifas de retención en la fuente estipuladas en los artículos 392 y 401 del Estatuto Tributario. Esta solicitud es necesaria para que se apliquen correctamente las deducciones y costos pertinentes. Sin la solicitud expresa, se aplicará la tasa general de retención en la fuente según el artículo 383 del Estatuto Tributario.
Estos cambios buscan adaptar y actualizar el sistema tributario, mejorando su equidad y eficacia, y requieren una comprensión detallada para su correcta aplicación por parte de los contribuyentes colombianos.