En el mundo empresarial, es común que los socios o accionistas otorguen préstamos a sus propias sociedades comerciales, o viceversa. Sin embargo, ¿sabías que estos préstamos están sujetos a la determinación de un interés presuntivo? Te explicamos qué es y cómo calcularlo.
El interés presuntivo, según el artículo 35 del Estatuto Tributario, es una estimación del rendimiento mínimo anual que se presume genera todo préstamo en dinero entre sociedades y sus socios o accionistas. En otras palabras, es una tasa de interés ficticia que se utiliza con fines tributarios.
Para el año gravable 2023, declarado en el 2024, el Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto 848 del 29 de mayo de 2023, estableció que la tasa de interés presuntivo es del 13,70 %. Esta tasa se aplica cuando no se pacta una tasa real para los intereses y se calcula con base en la tasa de interés del depósito a término fijo (DTF) vigente al 31 de diciembre del año anterior al gravable.
Es importante tener en cuenta que existen tres escenarios posibles al calcular el interés presuntivo:
- Préstamo sin cargo de intereses.
- Préstamo con una tasa de interés inferior a la tasa DTF del año anterior al gravable.
- Préstamo con una tasa de interés superior a la tasa DTF del año anterior al gravable.
En todos los casos, es fundamental realizar este cálculo correctamente para cumplir con las obligaciones tributarias y evitar posibles sanciones. Recuerda consultar con un profesional en contabilidad o fiscalidad para asesoramiento específico sobre tu situación particular.