La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió una adición al Concepto General sobre el impuesto sobre la renta aplicable a personas jurídicas en virtud de la Ley 2277 del 2022. Esta adición aborda aspectos relacionados con la tasa mínima de tributación, diferencias permanentes que influyen en la renta líquida, tasa de tributación depurada en consolidados y consolidación de estados financieros.
Según la DIAN, las diferencias permanentes se refieren a discrepancias entre las bases contables y fiscales que no tendrán impactos fiscales en el futuro, como rentas exentas, ingresos no gravables, deducciones prohibidas y sobre deducciones.
La entidad señala que corresponde a cada contribuyente determinar si tiene diferencias permanentes que aumenten la renta líquida gravable y deben considerarse en el cálculo de la tasa depurada de tributación.
Por otro lado, la DIAN indica que, dado que el legislador no especificó expresamente la exclusión de los puntos adicionales del cálculo del anticipo del impuesto sobre la renta para el año gravable siguiente, no es posible excluirlos del cálculo del anticipo. En consecuencia, la base gravable para el anticipo del impuesto sobre la renta incluye los puntos adicionales a la tarifa del impuesto sobre la renta que deben calcular los contribuyentes que realizan actividades comerciales especificadas en el artículo 240 del Estatuto Tributario. Estos puntos adicionales son un componente integral para calcular la renta líquida que forma parte del impuesto neto sobre la renta.