El Ministerio del Trabajo elimina la autorización previa para horas extras

Con la expedición de la Circular Interna 0102 del 22 de septiembre de 2025, el Ministerio del Trabajo aclaró que los empleadores ya no requieren permiso previo para autorizar horas extras, en cumplimiento de la Ley 2466 de 2025.

El Ministerio del Trabajo informó que, con la entrada en vigencia de la Ley 2466 de 2025, se eliminó el requisito de autorización previa para la realización de trabajo suplementario u horas extras.

La medida busca simplificar los trámites administrativos, manteniendo el deber de los empleadores de respetar los límites legales de jornada y de garantizar el pago correcto del tiempo adicional laborado.

La Circular Interna 0102 de 2025 instruye a las direcciones territoriales del Ministerio a archivar las solicitudes pendientes de autorización y los procedimientos sancionatorios por el concepto de “laborar trabajo suplementario sin autorización”, ya que esta figura desapareció del ordenamiento jurídico.

No obstante, la circular aclara que las nuevas disposiciones no significan una flexibilización de los límites de jornada, sino un cambio en el rol del Ministerio: pasa de ejercer control previo a fortalecer la inspección y vigilancia posterior, garantizando los derechos de los trabajadores.

La eliminación del permiso previo es una reforma de carácter procedimental, que no exonera al empleador de cumplir con sus obligaciones sustantivas relacionadas con jornada, remuneración, salud y seguridad laboral.

Las sanciones seguirán aplicándose cuando se evidencien incumplimientos en el registro de horas extras, no pago del recargo legal, o exceso de los límites semanales establecidos.

Menos trámites, más responsabilidad: el control pasa de la autorización previa a la vigilancia efectiva del cumplimiento laboral.