La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha anunciado, mediante la Resolución 000103 del 28 de junio de 2024, la ampliación de los plazos para la presentación de la información exógena cambiaria correspondiente al cuarto trimestre de 2023 y los tres primeros trimestres de 2024. Esta medida afecta a los Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC), titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos que prestan servicios financieros.
Detalles de la ampliación:
La ampliación de plazos se debe a la necesidad de ajustar los sistemas de recepción de la información exógena cambiaria, armonizándolos con el Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República, establecido por la Circular reglamentaria externa DCIP 83 del 12 de septiembre de 2023.
Nuevos plazos:
- Inicio del nuevo plazo: El nuevo plazo de presentación será de seis meses contados a partir del día siguiente a la certificación de la entrada en funcionamiento del aplicativo y formatos .XML por parte de la DIAN.
- Certificación: La entrada en funcionamiento del aplicativo y los anexos técnicos se certificará mediante una resolución de carácter técnico, que especificará el contenido y características de la información exógena cambiaria requerida.
Importancia del cumplimiento:
Es fundamental que los IMC, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos que prestan servicios financieros estén atentos a las nuevas fechas y requisitos para el reporte de información exógena cambiaria, para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.
Conclusión:
La ampliación de plazos brindará tiempo adicional para que las entidades afectadas adapten sus sistemas y cumplan con las nuevas especificaciones técnicas requeridas para el reporte de información exógena cambiaria. Estar atentos a las comunicaciones de la DIAN es esencial para evitar posibles sanciones y asegurar la correcta presentación de la información.