Durante el mes de septiembre de 2024, los contribuyentes tendrán que hacer frente a una alta carga tributaria. Según el calendario tributario, detallado en el Decreto 2229 de diciembre de 2023, en este mes coincidirán los vencimientos de 14 obligaciones fiscales diferentes. Es un período en el que, más que en cualquier otro mes del año, será esencial cumplir a tiempo con estas obligaciones para evitar sanciones y multas por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Principales Obligaciones Tributarias para Septiembre de 2024
- Impuesto de Renta del Año Gravable 2023 – Personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas
Desde el 2 hasta el 27 de septiembre de 2024, continuará el plazo para que personas naturales y sucesiones ilíquidas presenten su declaración de renta. Estas fechas aplican a los contribuyentes cuyo NIT termina entre los números 27 y 66. Dependiendo de su situación fiscal, deberán utilizar el formulario 110 (no residentes) o el formulario 210 (residentes). - Declaración Informativa de Activos en el Exterior
También entre el 2 y el 27 de septiembre de 2024, los contribuyentes residentes que posean activos en el exterior superiores a 2.000 UVT ($94.130.000) deberán presentar su declaración utilizando el formulario 160. - Declaraciones de Precios de Transferencia
Entre el 10 y el 23 de septiembre, se deberán presentar las declaraciones informativas de precios de transferencia y la documentación comprobatoria correspondiente al año gravable 2023. - Declaraciones de IVA y Consumo
En este mismo periodo, vencerán los plazos para presentar las declaraciones de IVA (bimestrales y cuatrimestrales) y del impuesto nacional al consumo, correspondientes a los períodos de julio-agosto de 2024. - Anticipos Bimestrales del Régimen Simple
Los inscritos en el régimen simple deberán cumplir con los pagos correspondientes al bimestre julio-agosto, cuyo plazo vence también entre el 10 y el 23 de septiembre.
Recomendaciones para los Contribuyentes
Dado que el portal de la Dian sufrió colapsos en agosto de 2024, la entidad ha recomendado que los contribuyentes no esperen hasta el último día para presentar sus declaraciones. En agosto, la Dian declaró una contingencia debido a las caídas de su plataforma, lo que provocó retrasos y dificultades en la presentación de documentos. Durante los días de contingencia, los contribuyentes quedaron exentos de las sanciones por extemporaneidad y los intereses de mora, según lo dispuesto en el artículo 579-2 del Estatuto Tributario.
Por tanto, se aconseja a los contribuyentes planificar la presentación de sus obligaciones con tiempo para evitar inconvenientes y asegurarse de cumplir con todas las obligaciones de manera adecuada y oportuna.