Notas Para La Regulación De La Profesión Contable (3/7)

La construcción total del proyecto debe avanzar sin prisa, pero sin pausa. Por tanto, es importante iniciar una tarea muy urgida por algunos, la presentación de un articulado que incorpore y sintetice las aspiraciones expresadas en las argumentaciones expuestas para la Exposición de Motivos, tal vez, solo tal vez se despierte mayor interés en este trabajo. Se inicia este esfuerzo con la propuesta de algunas definiciones básicas de carácter general y de las que se espera no sesguen el proyecto hacia ideologías o técnicas en vigencia, muy orientadas a la eliminación de saberes críticos derivados del ejercicio profesional. Es momento de materializar ideas como la ruptura de los cercos financiero y empresarial para la práctica social de los contadores públicos, que son una sola clase y naturaleza con diferentes modalidades de ejercicio profesional.

Artículo 1. De la Contaduría Pública. De conformidad con el artículo 26 de la Constitución Política, se define la Contaduría Pública como una profesión liberal, cuyo ejercicio incorpora al mantenimiento del orden social, puede generar condiciones de alto riesgo social, por lo cual requiere especial reglamentación del Estado. El campo específico de trabajo de la profesión está determinado por las relaciones sociales derivadas de la interacción del hombre con la naturaleza y los hechos sociales derivados de tal interacción. El carácter legal de la profesión no se determina por la forma contractual de su ejercicio, se deriva de los altos niveles de formación académica requeridos, del reconocimiento del Estado y la sociedad y de los principios de actuación profesional constituidos por la autonomía y la probidad técnica y profesional.

Artículo 2. Del Contador Público. Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional, ante la entidad competente, en los términos de la presente Ley, está facultada para ejercer funciones propias del campo de acción profesional, el cual se delimita a la construcción, evaluación, control y análisis de información social referida a hechos sociales referentes a territorio, cultura, población y economía, incluyendo aspectos financieros y no financieros, cualitativos y cuantitativos y referidos a actuaciones o pronósticos.

No afirmo autoría de estos y todos los artículos que iré exponiendo, podría pertenecer a otros contadores o ser fruto de trabajos grupales en que he participado, es más memoria que creación. Son dos textos que incorporan diferencias sustanciales con los incorporados en otras propuestas y están basados en una definición distinta de la contabilidad que deja de ser simple técnica y se consolida como conocimiento social.

Rafael Franco Ruiz
C.P. Ms y Dr,h,c.