Rentas de capital en personas naturales: por qué los ingresos por arriendos no se deben declarar a ojo

En la declaración de renta de las personas naturales, los ingresos por arrendamientos suelen ser tratados de manera demasiado simple. En la práctica, algunos contribuyentes los consideran como un ingreso adicional que solo debe sumarse al total recibido durante el año. Sin embargo, desde el punto de vista tributario, este tratamiento exige mayor análisis.

Los ingresos por arriendos deben revisarse dentro del sistema de determinación cedular aplicable a las personas naturales, particularmente como rentas de capital dentro de la cédula general. Por esta razón, no basta con identificar cuánto dinero recibió el contribuyente: también es necesario revisar la naturaleza del ingreso, los soportes, la procedencia de costos y deducciones, y su correcta ubicación en el Formulario 210.

¿Por qué los arriendos son rentas de capital?

El artículo 335 del Estatuto Tributario establece los ingresos que integran la cédula general de las personas naturales. Dentro de esta cédula se encuentran las rentas de trabajo, las rentas de capital y las rentas no laborales.

Los ingresos por arrendamientos hacen parte de las rentas de capital, en la medida en que provienen de la explotación económica de un bien. Por esta razón, su tratamiento no debe confundirse con un ingreso laboral, una renta no laboral o una ganancia ocasional.

Esta clasificación es relevante porque permite determinar correctamente la depuración de la renta, los costos y deducciones que podrían ser procedentes, y el efecto final dentro del Formulario 210.

El error de sumar arriendos sin depurar

Uno de los errores más frecuentes consiste en tomar el valor total de los cánones recibidos durante el año y llevarlo a la declaración sin hacer una revisión adicional.

Aunque el ingreso recibido es el punto de partida, no siempre es el único elemento a considerar. En una declaración técnicamente elaborada deben revisarse, entre otros aspectos:

  • el valor efectivamente recibido durante el año gravable;
  • la existencia de contrato o soporte del arrendamiento;
  • la identificación del inmueble arrendado;
  • la coherencia entre ingresos declarados y movimientos bancarios;
  • los costos y deducciones que puedan tener relación con el ingreso;
  • los soportes de pagos asociados al inmueble;
  • y la correcta clasificación dentro del Formulario 210.

La declaración de renta no debe elaborarse únicamente con base en una suma anual de ingresos. Requiere análisis, depuración y soporte documental.

Costos y deducciones: no todo gasto se puede llevar automáticamente

Otro error frecuente es creer que cualquier gasto relacionado con el inmueble puede incluirse automáticamente en la declaración.

En materia tributaria, los costos y deducciones deben cumplir requisitos de procedencia. El artículo 107 del Estatuto Tributario establece que las expensas deben guardar relación de causalidad con la actividad productora de renta, ser necesarias y proporcionadas.

Adicionalmente, el artículo 771-2 del Estatuto Tributario exige que los costos y deducciones estén debidamente soportados mediante factura, documento equivalente o el documento que corresponda según el caso.

En el contexto de ingresos por arrendamientos, podrían existir conceptos que deban revisarse, tales como administración, impuesto predial, reparaciones, intereses u otros pagos relacionados con el inmueble. Sin embargo, su procedencia dependerá del cumplimiento de los requisitos fiscales y del soporte correspondiente.

Por lo tanto, no se trata de incluir gastos de manera automática, sino de verificar su relación con el ingreso, su soporte y su procedencia.

Importancia del Formulario 210

El Formulario 210 exige que la información de la persona natural sea ubicada correctamente. Una mala clasificación puede afectar la depuración, el resultado de la cédula general y el impuesto final a cargo.

En el caso de los ingresos por arriendos, el contador o asesor tributario debe revisar si el ingreso corresponde efectivamente a renta de capital, cómo se soporta, qué costos o deducciones pueden ser procedentes y cómo se refleja correctamente dentro del formulario.

Este análisis es especialmente importante cuando el contribuyente tiene varios tipos de ingresos, por ejemplo: salario, honorarios, arriendos, rendimientos financieros, dividendos o ganancias ocasionales. En estos casos, una clasificación incorrecta puede alterar el resultado de la declaración.

Recomendaciones prácticas

Antes de declarar ingresos por arriendos, es recomendable revisar:

  1. Contrato de arrendamiento o documento soporte.
  2. Certificación o relación de cánones recibidos.
  3. Extractos bancarios o trazabilidad de pagos.
  4. Identificación del inmueble arrendado.
  5. Pagos asociados al bien, debidamente soportados.
  6. Costos o deducciones que realmente tengan relación con el ingreso.
  7. Facturas, documentos equivalentes o soportes válidos.
  8. Correcta ubicación en el Formulario 210.

Conclusión

Los ingresos por arriendos no deben declararse a ojo. Aunque en apariencia parezcan sencillos, hacen parte de las rentas de capital y requieren una adecuada clasificación, depuración y revisión documental.

Una declaración de renta correctamente elaborada no se limita a sumar ingresos. También exige analizar la naturaleza de cada renta, los soportes disponibles, los costos y deducciones procedentes, y la forma correcta de diligenciar el Formulario 210.

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