CTCP aclara el tratamiento contable del salario en especie para empleadas domésticas en las Pymes

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto No. 0057 de 2024, el cual aborda una consulta sobre el reconocimiento contable del salario en especie en las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes).

En respuesta a la pregunta sobre el manejo contable de una empleada doméstica que recibe el 30 % de su salario en especie, el CTCP hizo referencia a la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para Pymes). Según esta normativa, una entidad debe reconocer el costo de todos los beneficios a los cuales tienen derecho los empleados como resultado de los servicios prestados durante el periodo sobre el que se informa, incluyendo los beneficios no monetarios.

Por lo tanto, los pagos de salario en especie deben ser reconocidos como gastos de personal (beneficios a empleados) en los resultados del periodo sobre el que se informa, por el valor de la contraprestación pactada y permitida por ley. Esto se alinea con el Principio de reconocimiento general para todos los beneficios a los empleados, el cual establece que estos costos deben ser reconocidos como gastos, a menos que otra sección de la norma indique lo contrario.

En conclusión, el CTCP absuelve la consulta indicando que los pagos de salario en especie deben ser contabilizados como gastos de personal en los estados financieros de las Pymes, siguiendo las disposiciones de la normativa vigente.